IVA Y EL SERVICIO DIGITAL CIRCULAR N°42 DEL SISTEMA IMPUESTO INTERNOS DE CHILE
antes de empezar debes saber lo siguiente
- B2C «es un concepto vinculado al marketing que deriva del término inglés Business to Consumer, por el que se denominan así a las compañías que orientan sus servicios y productos al cliente final»
- B2B «se conoce al Business to business como una forma de funcionar entre empresas directamente (“negocio a negocio”), ya que engloba las operaciones de carácter comercial que las firmas realizan entre ellas y sin depender del cliente final.»
nuevo proceso de impuestos a servicios digitales, dado el circular N°42 del SII, se actualizaran los siguientes procedimientos:
- Nuevo Sistema Simplificado de registro de cumplimiento para prestadores residentes en el extranjeros, para facilitar el cumplimiento en transacciones B2C.
- mantenimiento de la estructura B2B.
- modernización de la administración tributaria.
- digitalización de documentos tributarios.
- actualización del sistema tributario.
¿quien puede solicitarla?
- Se puede acoger voluntariamente cualquier prestador extranjero que provea servicios afectos a IVA, previa solicitud del SII.
- Se puede Acoger voluntariamente cualquier proveedor de bienes para el pago de forma anticipada del IVA respecto a la importación a personas consumidores finales, previa solicitud del SII.
Requisitos registrar y operar
- No requiere de agente o presencia en Chile
- Periodo tributable de 1 o 3 meses fijos a elección, y pago dentro de los 20 días del mes siguiente
- Formulario eléctrico de declaración
- Pago electrónico en moneda local o extranjera
- Permite ajustes por descuentos y anulaciones
- Casos de contribuyentes de IVA e IA (prestador extranjero no recarga IVA, con responsabilidad exclusiva del contribuyente chileno)
Características del nuevo Impuestos Digital y en donde se aplican
- Refuerzo principio de destinación (presunciones de territorialidad).
- Hecho gravado
- Intermediación (Servicios y Bienes)
- Entrega de contenido de entretenimiento
- Puesta a disposición de software, almacenamiento, plataformas o infraestructura informática
- Publicidad
- Sujetador pasivo (prestador extranjero)
- Tasa 19%, sin derecho a crédito fiscal
- Tributación en base percibida
Excepciones del IVA digital
- Afectos a IA (impuesto adicional) están exentos al IVA
- Exentos a IA (por legislación local o convenios), y son prestados o utilizados en Chile esta afectos a IVA
- Exención de IA por la prestación a personas naturales consumidores finales
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